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EL DIARIO ON-LINE DE LOS TRIBUNALES
Nº 714 Año IV, 26/ABRIL/2001
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DICTAN FALLO PLENARIO SOBRE ACTAS LABRADAS EN FORMA FOTOGRAFICA
CAUSA ARMAS: ERMAN GONZALEZ PRESENTO RECURSO DE CASACION
NOMINA DE SINDICOS DE LA JUSTICIA COMERCIAL: AVOCACION DE LA CORTE
DENUNCIA CONTRA YOMA SA:LA JUEZ MARIA SERVINI DE CUBRÍA SE EXCUSO
OFICINA ANTICORRUPCION: EMITIO UN COMUNICADO DE PRENSA
MUTUAL DE ABOGADOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA: ANUNCIA CURSO
CURSO SOBRE CAPACITACION INTERDISCIPLINARIA EN MATERIA ARBITRAL
CONCURSOS PRESENTADOS
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DICTAN FALLO PLENARIO SOBRE ACTAS LABRADAS EN FORMA FOTOGRAFICA
-La Cámara de Apelaciones de la Justicia de Faltas de
la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires resolvió en fallo plenario -
dictado por
unanimidad por los Dres. Néstor Osvaldo Losa y Guillermo
Belisario
Black - desestimar todas las denominadas actas fotográficas
del
Sistema Inteligente de Control de Infracciones de Transito tras
considerar que resulta incompatible con la legislación
vigente.También se dispuso sobreseer a todos lo imputados
por las
mencionadas actas.
- En su voto el Dr. Guillermo Belisario Black - Conjuez - señalo
que
las denominadas actas fotográficas concebidas a partir del Sistema
de
Control Inteligente de Infracciones acumulan errores conceptuales
e
interpretaciones desafortunadas.El Dr. Guillermo Belisario Black
también preciso que habría una ostensible desviación
de poder en la
actitud del Poder Ejecutivo ya que , con la excusa de paliar
la
crisis del transito ha puesto en marcha un sistema que
persigue un
insidimulable fin recaudatorio.
-Además el Dr. Néstor Osvaldo Losa preciso que la metodología
comprobatoria de hechos u omisiones condenables y sus reglas de
derecho, deben ser claras, precisas y emanadas de autoridad idónea,
todo lo cual no sucede en las actas fotográficas ni en los confusos
cuerpos legales que las intentan sostener.También el Dr. Néstor
Osvaldo en su voto señalo que el sistema de transito inteligente
dista mucho de las premisas y pautas viales de paises desarrollados
que no coinciden con las que aquí se emplean.
CAUSA ARMAS: ERMAN GONZALEZ PRESENTO RECURSO DE CASACION
-El Ex- Ministro de Defensa de la República Argentina, Antonio
Erman
Gonzalez, con el patrocinio letrado del Dr. Fernando Archimbal
interpuso recurso de casación - por inobservancia y errónea
aplicación de la ley sustantiva y adjetiva - en el marco de
la causa
en que se investiga la presunta venta ilegal de armamento a Croacia
y
Ecuador que lleva adelante el Juez en lo Criminal y Correccional
Federal de la Capital Federal Jorge Urso.En estas actuaciones Antonio
Erman Gonzalez se encuentra procesado en orden a su participación
en
la falsedad ideológica de los Decretos del Poder Ejecutivo Nacional
números: 1697/91 y 2283/91.
- En el recurso de casación interpuesto se señala que
el dictado de
procesamiento y traba de embargo de Antonio Erman Gonzalez y
su
confirmación de fecha 4 de Abril de 2001 por parte de la Cámara
de
Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal se encuentran
afectados por un vicio de nulidad absoluta, toda vez que no cumplen
con la fundamentación exigida por los artículos 123 y
308 del Código
Procesal Penal de la Nación.También en el recurso interpuesto
se
señala que se ha omitido adentrarse en el
análisis del tipo penal
que se aplica y que no existe ninguna probanza que permita siquiera
suponer que fue Antonio Erman Gonzalez quien hizo introducir un
destino distinto de aquel que le correspondía al material dispuesto
para la exportación.Ademas se señala que el destino
que habría de
darse al material bélico, venia señalado en el expediente
originado
en el ámbito de Fabricaciones Militares.
NOMINA DE SINDICOS DE LA JUSTICIA COMERCIAL: AVOCACION DE LA CORTE
-La Corte Suprema de Justicia de la Nacion -CSJN- mediante el dictado
de la Resolución Nº 370/01 - Administración General
CSJN- resolvió
avocarse tras considerar que la Cámara Nacional de Apelaciones
en
lo Comercial ha ejercido la facultad reglamentaria que le fue
conferida por ley - formación de listas de síndicos concursales
- de
modo que desvirtúa y torna inoperante la norma reglamentada.En
la
Resolución N¨º 370/01 también se señala
que el criterio adoptado por
la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial se traduce
en un
nítido apartamiento de mandato legal, que fija las pautas
que deben
seguirse para la integración de las listas y que contemplan
esencialmente los antecedentes académicos y profesionales de
los
postulantes.
-También en la Resolución Nº 370/01 se señala
que el Art. 253 de la
ley Nº 24522 establece un sistema de formación de listas
de síndicos
concursales por períodos de cuatro años transcurridos
los cuales
debe procederse a la composición de nuevas listas.La CSJN
señalo
además que la reglamentación dictada Cámara Nacional
de Apelaciones
en lo Comercial para la confección de las nóminas
de síndicos para
el cuatrienio 2001/2004 consolida la situación de quienes
se
desempeñaron en el ultimo periodo, al autorizar su directa
reinscripcion - con las excepciones que allí se establecen
-, altera
sustancialmente el régimen legal , que adquiere de tal modo
el
carácter de un sistema cerrado , que no es susceptible de renovación
sino en forma parcial y limitada.
-Ahora la CSJN con la firma de los Dres. Eduardo Moline O ´Connor,
Augusto César Belluscio, Carlos Fayt - en disidencia -, Enrique
Santiago Petracchi, Gustavo Bossert y Guillermo López resolvió
aceptar la avocación solicitada y dejar sin efecto las disposiciones
dictadas en el punto 2 del Acuerdo de la Cámara Nacional de
Apelaciones en lo Comercial, celebrado el día 17 de mayo
de 2000, en
cuanto autoriza la directa reinscripcion en las listas de síndicos
para el cuatrienio 2001/004 de quienes hubiesen actuado durante
el
periodo anterior.También se hizo saber a la Cámara Nacional
de
Apelaciones en lo Comercial que deberá proceder, con la
máxima
urgencia, al cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 253 de la Ley
Nº
24.522.
DENUNCIA CONTRA YOMA SA:LA JUEZ MARIA SERVINI DE CUBRÍA SE EXCUSO
-La Juez en lo Criminal y Correccional Federal Nº 1 de la Capital
Federal Maria Romilda Servini de Cubría resolvió excusarse
de
entender en las actuaciones originadas en la denuncia presentada por
Presidente del Directorio del Banco Nacion Argentina -BNA-, Enrique
José Olivera, en la que se señalo que en el concurso
preventivo de la
firma Yoma SA radicado ante el Tribunal Civil, Comercial y de Minas
de II da. Circunscripción Judicial de la Provincia de
la Rioja con
sede en Chilecito se ordeno embargar cuentas de la Administración
Federal de Ingresos Públicos - AFIP/DGI - en el BNA
por la suma de
13.206.545, 85 con transferencia inmediata de los fondos
a la orden
del Tribunal.
-En esta denuncia se había solicitado el dictado de una medida
cautelar en la que se ordene al BNA que mantenga inmovilizados los
fondos de la AFIP/DGI depositados en el plazo fijo
a 30 días - no
renovable - constituido en su sucursal Chilecito por orden
del
Presidente de la Cámara Civil Comercial y de Minas de II da.
Circunscripción Judicial de la Provincia de la Rioja,
cursada
mediante la intimación de fecha 22 de Marzo de 2001, restituyendo
el
dinero a la cuenta de la que fueron debitados.Ahora la Juez Federal
Maria Romilda Servini de Cubría resolvió excusarse tras
manifestar
que las relaciones en las actuaciones de integrantes de la familia
Yoma le provocan una carga subjetiva que la conducen a inhibirse en
el conocimiento del proceso.Ahora la denuncia tramitara ante el
Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal a cargo del Dr.
Claudio Bonadio.
OFICINA ANTICORRUPCION: EMITIO UN COMUNICADO DE PRENSA
-La Oficina Anticorrupción -OA-, dependiente del Ministerio
de
Justicia y Derechos Humanos emitió un comunicado de prensa en
el que
señalo que en relación a hechos que han sido materia
de tratamiento
periodístico en días anteriores, vinculadas a conductas
presuntamente
delictuosas de funcionarios argentinos en perjuicio de empresarios
italianos - quienes se presentaran en carácter de damnificados,
en
actuaciones iniciadas por denuncia ante la OA por la Ex-Diputada
Nacional Nilda Garré, esta oficina informa que hizo una presentación
en la causa circunscripta a los hechos específicos al asunto,
que
estaban incluidos en una trabada averiguación que es muy antigua
y
mucho mas vasta.
-También en el comunicado de prensa de la OA, dependiente del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se señalo que en
este
expediente sobre conductas presuntamente delictuosas de funcionarios
argentinos en perjuicio de empresarios italianos sea acompañaron
mas
probanzas testimoniales y documentales, a efectos de que el juez
actualmente a cargo de las actuaciones cuente con elementos mas
precisos para citar, si así lo considera, a quienes estime deben
ser
sometidos a averiguación en sede judicial.
MUTUAL DE ABOGADOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA: ANUNCIA CURSO
-La Mutual de Abogados de la República Argentina anuncio que
el
próximo día 3 de mayo comenzara un nuevo curso teorico-practico
sobre
procedimiento penal.Este curso sobre aspectos del procedimiento
penal se encuentra dirigido a aquellos abogados que cuentan con pocos
años en el desempeño profesional y a los estudiantes
avanzados de
abogacía.
-Según se informo este curso teorico-practico sobre procedimiento
penal , que comprende un total de 10 clases, se impartirá los
días
jueves en el horario de 19:00 a 20:30 horas y estará a
cargo del Dr.
Gustavo Topic.Aquellos interesados en obtener más información
podrán
obtenerla en Uruguay 461, 1º piso - Ciudad Autónoma de
Buenos Aires -
o llamando a los teléfonos: 4371-3673/ 6398 y 8187.
CURSO SOBRE CAPACITACION INTERDISCIPLINARIA EN MATERIA ARBITRAL
-La Cámara Argentina de Comercio - a través de su Comisión
de
Arbitraje, Mediación, Conciliación y Negociación
- anuncio que el
día 4 de Mayo próximo comienza el curso de capacitación
interdisciplinaria en materia arbitral denominado: Como
abordar un
caso arbitral bajo el nuevo reglamento de arbitraje de la Cámara
Argentina de Comercio -CAC-.Este curso esta dirigido a profesionales
universitarios, con especial dedicación al arbitraje comercial
institucional.
-Según se informo en este curso se abordaran temas tales como:
Normas
generales sobre el reglamento de la CAC, Los árbitros
en el
reglamento de la CAC, La prueba en el reglamento de la CAC y
El
laudo en el reglamento de la CAC, entre otros. Los expositores serán
los Dres. Horacio Zapiola Pérez, Alejandro Lareo, Viviana Laura
Diaz
, Guillermo Argerich y Victor Luis Funes, entre otros.Aquellos
interesados en obtener mas información podrán solicitarla
llamando al
teléfono: 4331-8051 o escribiendo a : comint@cac.com.ar
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CONCURSOS PRESENTADO:
JUAN CARLOS COSTOYA - RUBEN JORGE COSTOYA SOCIEDAD DE HECHO:
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